Contrato de obra por administración con honorario fijo

CONTRATO DE OBRA POR  ADMINISTRACIÓN CON HONORARIO FIJO

Conste por el presente documento, el contrato de obra por administración, con honorario fijo, que celebran de una parte la empresa AAA, identificada con RUC Nº .................., inscrita en la partida electrónica Nº ....... del Registro de Personas Jurídicas de ................., con domicilio para los efectos legales de este contrato en .................................., debidamente representada por su Gerente General  don ............, con poderes inscritos en el asiento ...... de la referida partida electrónica, a quien en adelante se denominará EL COMITENTE; y, de la otra parte, la empresa BBB, identificada con RUC Nº .................., inscrita en la partida electrónica Nº ....... del Registro de Personas Jurídicas de ................., y en Registro Nacional de Contratistas de Obras Públicas bajo el Nº ......, con domicilio para los efectos legales de este contrato en .................................., debidamente representada por su Gerente General don ............, con poderes inscritos en el asiento ...... de la referida partida electrónica, a quien en adelante se denominará LA CONTRATISTA, en los términos y condiciones siguientes:

OBJETO :

PRIMERA.- Es objeto del presente contrato, la construcción de ..................................................... ......................................................................................................................................................... de la ciudad de ................................, construcción que será efectuada por LA CONTRATISTA de acuerdo a los planos, especificaciones técnicas, memoria descriptiva, metrado y demás documentos entregados por EL COMITENTE y que han servido para efectuar la propuesta, los mismos que debidamente suscritos por ambas partes, formarán parte integrante del presente contrato como Anexo “A” y que en adelante se denominará la obra

A LA CONTRATISTA se obliga a ejecutar la obra poniendo a disposición su organización, experiencia técnica y capacidad  para equipar la obra con personal experto de ingenieros, empleados y obreros y el equipo de construcción que sea necesario.

MONTO DEL CONTRATO :

SEGUNDA.- Siendo un contrato por administración, el monto del contrato será la suma del “Costo de la Obra” más el honorario de LA CONTRATISTA, tal como se definen a continuación:

2.1. Ambas partes convienen en que la expresión “Costo de la Obra” serán todos los gastos y costos que se efectúen para la construcción de la obra descrita en la cláusula primera, lo cual incluye pero no está limitado a:

2.1.1. Trabajos preliminares (transporte, instalaciones, servicios, movimiento de tierras, demolición de obstrucciones, etc.).

2.1.2. Todos los materiales, equipo y elementos incorporados en la obra o consumidos por ésta, ya sean los adquiridos por LA CONTRATISTA por cuenta de EL COMITENTE, o los adquiridos directamente por EL COMITENTE y puestos a disposición de la obra.

2.1.3. Toda labor desempeñada en la obra (jornales), tanto para los trabajos preliminares y obras adicionales, será llevada en un Libro de Planillas a nombre de EL COMITENTE.

2.1.4. El pago de todas las contribuciones correspondientes a la seguridad social (Instituto Peruano de Seguridad Social y Caja Nacional de Pensiones, impuesto a las remuneraciones por servicios personales, etc.)

2.1.5. Subcontratos por trabajo o servicios para la obra.

2.1.6. El costo de los transportes del personal, materiales, herramientas y equipos utilizados en la obra, así como los seguros que se tomen para este transporte.

2.1.7. El alquiler  de toda maquinaria y equipo de construcción y su movilización y desmovilización, necesarios para la buena y eficiente ejecución de la obra, así como todos los gastos de mantenimiento de esos equipos, los combustibles, lubricantes, grasas, filtros, etc., incluyéndose los impuestos que graven estos servicios.

2.1.8. El costo de todas las herramientas e implementos, como carretillas, herramientas, sogas, cables, mangueras, tuberías, provisionales y otros.

2.1.9. Las remuneraciones, gratificaciones y beneficios sociales del personal auxiliar de la obra (capataces, planilleros, almaceneros, personal administrativo, guardianes, personal de limpieza, etc.).

2.1.10. Los gastos indispensables de movilidad, viáticos y alojamiento del personal directivo y auxiliar.

2.1.11. Los útiles para las oficinas de la obra, impresos y los gastos por copias de planos y documentos.

2.1.12.  Amortización de instrumentos de ingeniería y equipos de oficina que guarden vinculación con la obra.

2.1.13. Primas de seguros para la obra, su personal o terceros, de acuerdo al detalle de la cláusula octava: Seguros.

2.1.14. El pago de toda conexión o suministro para la obra por las empresas de servicios públicos, licencias, cánones, etc., en caso de ser gestionadas por LA CONTRATISTA.

2.1.15. Comisiones de fianzas, gastos de traslados de fondos, intereses en sobregiros, en cuentas corrientes especiales para la obra.

2.2. Atendiendo que es intención de las partes que el beneficio de LA CONTRATISTA se circunscriba al honorario pactado, se conviene que para establecer el costo de cada una de las partes que forman el “costo de la obra”, se tomará en cuenta lo siguiente:

2.2.1. Para considerar el costo de cada uno de los materiales o servicios que forman parte del “costo de la obra”, se tendrá en cuenta el costo real al momento de su adquisición, añadiendo los recargos por transportes, impuestos u otros que pudieran existir y descontando los descuentos o rebajas que hayan podido ser obtenidos. LA CONTRATISTA será la encargada de negociar por cuenta y representación de EL COMITENTE las mejores condiciones de compra o contratación, teniendo en cuenta el precio, la oportunidad de entrega, la calidad requerida y las demás condiciones que pudieran requerirse. Se establecerán los sistemas para la oportunidad del Vo. Bo. de las adquisiciones por la supervisión.

Sin embargo, EL COMITENTE podrá, si lo desea, recomendar algún proveedor específico o comprar directamente algunos materiales, siempre y cuando ello no interfiera con las labores normales de LA CONTRATISTA y cumpla con las condiciones de calidad y plazo requeridas, los que también formarán parte del “costo de la obra”.

2.2.2. En caso de que los elementos como herramientas, implementos de obra, instrumentos de ingeniería u otros elementos no perecederos en la obra no serán comprados específicamente para la obra, sino que sean proporcionados por LA CONTRATISTA, por convenir a los intereses de la obra, el costo de estos se considerarán como un monto diario equivalente al 0,4% de su valor en el mercado.

2.2.3. En el caso de las maquinarias y equipos de construcción necesarios, LA CONTRATISTA solicitará por lo menos ........(.....) propuestas de alquiler de equipos a compañías  proveedoras, escogiéndose de común acuerdo con EL COMITENTE el alquiler de equipo más conveniente.  EL CONTRATISTA quedará en libertad de sustituirse a la propuesta más conveniente seleccionada.

Independiente, se considerará el costo del pesonal de operadores que será incluido en la planilla indicada en el ítem 2.1.3. y consumibles como combustibles, lubricantes, grasa, filtros, etc., así como los gastos de mantenimiento normal que se efectúen en la obra, salvo en los casos en que el proveedor del equipo incluya estos costos en su tarifa de alquiler y así quede convenido.

2.2.4. Al final de los trabajos, se descontará del “Costo de la Obra” el valor de los sobrantes de materiales que hubieran podido quedar, así como de los sobrantes de herramientas o implementos que fueron adquiridos para la obra. El valor de estos sobrantes será el mayor que se pueda obtener de su venta en el mercado local, o valor acordado de común acuerdo entre las partes si es que LA CONTRATISTA desea adquirir parte de ellos.

2.2.5. En el caso que sea necesario realizar resanes y/o subsanaciones en los trabajos de la obra, éstos formarán parte del “Costo de la Obra” pero no serán considerados para efectos del honorario.

2.3. El honorario que correponde a LA CONTRATISTA por la Dirección Técnica y Administrativa de la obra, será la suma de US $ ................, más los reajustes que se indican a continuación:

2.3.1. El honorario incluye los siguientes rubros:

a) Personal técnico de obra y apoyo logístico.

b)Oficina principal

c) La utilidad de LA CONTRATISTA

2.3.2. El honorario establecido, salvo lo indicado en el ítem 2.3.2. y 2.3.4.no sufrirá modificación si el costo de la obra reajustado, varía en más o menos un 5% (cinco por ciento) del costo estimado. Si el costo fuese menos del 95% (noventa y cinco por ciento) del costo estimado reajustado, se bonificará a LA CONTRATISTA con ..........% de la cifra economizada y si el costo fuese mayor del 105% (ciento cinco por ciento) del costo estimado reajustado, se reducirá la utilidad de LA CONTRATISTA en .........% del sobre-costo.

En ambos casos, la ampliación o reducción del honorario no pasará del 50% (cincuenta por ciento) de éste.

2.3.3. El “costo estimado” presentado por LA CONTRATISTA en su presupuesto Nº .................., según la comunicación LM-..................., que se adjunta como Anexo 1, forma parte del presente contrato.

2.3.4. En caso de que EL COMITENTE ordenara nuevos trabajos a los descritos en los documentos que se indican en la cláusula primera, el honorario indicado anteriormente será reajustado en forma proporcional al mayor costo que los nuevos trabajos signifiquen.

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA :

TERCERA.- EL CONTRATISTA, en virtud del presente contrato, asume las siguientes obligaciones:

a)Observar los planos y especificaciones de la obra, no pudiendo introducir modificaciones en ellos sin la autorización expresa y por escrito de EL COMITENTE y/o su inspector.

b)Tener permanentemente en obra a un ingeniero residente, quien debe reunir los conocimientos y la experiencia necesarios para la ejecución de las obras materia del contrato. Dicho INGENIERO RESIDENTE tiene la calidad de Representante Autorizado de LA CONTRATISTA y es quien recibirá las instrucciones que impartan EL COMITENTE y/o su Inspector.

En los casos de encontrar discrepancias entre los planos y las condiciones físicas del terreno o de los planos entre sí, deberá comunicarlos a la Supervisión para su verificación y para obtener de ellos las soluciones técnicas, administrativas y de costos que se generan.

c)Proporcionará la adecuada dirección técnica y de control de las obras, proporcionando la totalidad del equipo de construcción, de acuerdo a 2.2.2 para la normal ejecución de las obras.

d)Cumplir con las leyes, reglamentos y ordenanzas vigentes, especialmente en cuanto se refiere a las medidas de seguridad y precaución en resguardo de la vida y salud de los obreros y terceros, siendo de exclusiva responsabilidad de LA CONTRATISTA los daños y perjuicios que, por su culpa, se ocasione a terceras personas o propiedades de terceros con motivo de las obras de construcción.

e)Cumplir con todas la otras obligaciones que asume en virtud del presente contrato.

FORMAS DE PAGO :

CUARTA.- El costo de la obra y el honorario de LA CONTRATISTA, serán pagados por EL COMITENTE en la siguiente forma:

3.1. El “costo de la obra” será pagado por EL COMITENTE mediante el establecimiento de un “Fondo de Trabajo” que será administrado por LA CONTRATISTA de la siguiente forma:

3.1.1. Para constituir este fondo de trabajo, EL COMITENTE depositará en una cuenta corriente mancomunada de LA CONTRATISTA, al momento de firmarse este contrato, la suma de US $ ...................

Este adelanto será el necesario para cubrir los costos de obra de los trabajos a realizarse en un mes más el tiempo que tome la reposición de dicho fondo.

3.1.2. LA CONTRATISTA, por cuenta y representación de EL COMITENTE, se encargará de efectuar todos los gastos previstos para la obra con este fondo de trabajo. Estos gastos serán cancelados de acuerdo al Parte Semanal de Mano de Obra que incluye planillas del personal obrero, materiales, equipos y herramientas comprendidos en los items 2.1 (1-8) y la Relación de Gastos de Oficina Principal, que incluye facturas por materiales u otros, pagos a subcontratos O.P. y los gastos comprendidos en los items 2.1. (9-15)

3.1.3. LA CONTRATISTA presentará mensualmente al EL COMITENTE una liquidación documentada de los gastos realizados. EL COMITENTE, en el plazo máximo de ...... (....) días calendario de presentada la liquidación, reintegrará la suma gastada, de forma tal que se mantenga el fondo de trabajo establecido.

3.1.4. El monto establecido inicialmente como Fondo de Trabajo, deberá ser aumentado si durante el transcurso de la obra, LA CONTRATISTA demostrara fehacientemente que las sumas recibidas son insuficientes para cubrir los gastos de un mes, el tiempo que tome la cobranza y su pago. Asimismo, se reducirá si se demuestra que está en exceso.

3.1.5. En caso de que EL COMITENTE encontrara alguna observación en una liquidación mensual de fondo de trabajo, lo informará por escrito a LA CONTRATISTA para que lo tenga en cuenta en la siguiente liquidación.

3.1.6. La devolución de este fondo de trabajo la efectuará LA CONTRATISTA con la última liquidación mensual.

3.2. Alguno de los pagos que forman el “costo de la obra” serán hechos en forma independiente del sistema del fondo de trabajo y tal como se explica a continuación:

Con el objeto de evitar en lo posible las alzas de los costos de la obra, LA CONTRATISTA presentará a EL COMITENTE sus recomendaciones sobre las compras anticipadas de materiales que pudieran hacerse o subcontratos que podría efectuarse, para evitar alzas de precios. En los casos que EL COMITENTE disponga, LA CONTRATISTA efectuará por cuenta y en representación de EL COMITENTE, los subcontratos y las gestiones de compra respectivas. EL COMITENTE pagará directamente a los proveedores los adelantos o pagos que se acuerden, independientemente del fondo de trabajo, de forma que no efectúe a éste.

3.3. El honorario establecido en la cláusula 2.2 será pagado por EL COMITENTE a LA CONTRATISTA en la forma siguiente:

3.3.1. En tantas armadas mensuales como meses tiene el plazo de obra.

3.3.2. Mensualmente LA CONTRATISTA presentará a EL COMITENTE un recibo por el 90% (noventa por ciento) del monto mensual correspondiente.

3.3.3. El 10% (diez por ciento) restante del honorario, será retenido como Fondo de Garantía por la buena y oportuna ejecución del contrato. El Fondo de Garantía será depositado en el banco o entidad financiera que indique LA CONTRATISTA, en un plazo máximo de 15 (quince) días de la aprobación de la valoración. Los intereses así generados, incrementarán el Fondo de Garantía y serán devueltos a LA CONTRATISTA junto con el principal, dentro de los 30 (treinta) días de terminada la obra materia del presente contrato.

3.3.4. El CONTRATISTA, al ejecutar el .......% (...... por ciento) de la obra, podrá sustituir el Fondo de Garantía acumulado por una carta fianza irrevocable, sin beneficio de excusión, incondicionada y de relación automática por el plazo pendiente de la obra.

3.4. El COMITENTE, cancelará los honorarios a la representación de la liquidación y factura, mensualmente, en un plazo no mayor de ...... (....) días a partir de la presentación de los mismos.

Si EL COMITENTE excediera este plazo, reconocerá al CONTRATISTA los intereses bancarios correspondiente y, en caso de que transcurridos ........(.....) días no hubiera cancelado los recibos, el CONTRATISTA tendrá, además, derecho de disminuir el ritmo de trabajo o paralizar la obra.

PLAZO DE OBRA Y RECEPCIÓN :

QUINTA : El plazo para la entrega de la obra se establece en ...........días, contados a partir de los .......(.......) días de firmado este contrato, considerando que en estos días LA CONTRATISTA haya recibido el terreno, el Fondo de Trabajo, juegos de planos, especificaciones técnicas y la Licencia de Construcción correspondiente.

El plazo indicado en la cláusula anterior será ampliado por las interrupciones o atrasos que se hubieran producido por razones de fuerza mayor y/o caso fortuito y/o actos de Dios y/u otro motivo no imputable a LA CONTRATISTA. La ampliación no será mayor del tiempo que tome o hubiere tomado, diligentemente, remover el impedimento, rigiendo el menor.

Tales acontecimientos incluyen, mas no se limitan, a los siguientes hechos especiales:

a) Guerra, hostilidades, invasiones, acciones enemigas y operaciones bélicas; disturbios, guerra civil, revolución, rebelión, motines, acciones terroristas, asonadas, tumultos civiles, etc.

b) Huelgas, acciones de los huelguistas.

c) Expropiación, destrucción o anexión por cualquier autoridad política y/o sus agentes.

d) Catástrofes naturales, tales como: terremotos, huaicos, erupciones volcánicas, huracanes, tempestades, lluvias torrenciales, inundaciones, etc.

e) Hundimiento de barcos, encallamientos o similares, descarrilamiento de trenes, bloqueo por accidentes de transporte, cuando no hay negligencia por parte de LA CONTRATISTA.

f) Retrasos en abastecimientos de materiales, por causas de proveedores (huelgas, accidentes, etc. en fábricas), no imputables a LA CONTRATISTA.

Si transcurridos en ...... (....) días de la fecha en que debió entregarse la obra, según el plazo establecido más las ampliaciones que hubieran tenido lugar, LA CONTRATISTA no cumpliera con hacer la entrega, EL COMITENTE tendrá derecho a cobrar a LA CONTRATISTA, como compensación por los daños y perjuicios que le cause este atraso, una suma equivalente a US $ ..................., (3/10,000 del monto estimado), por día, que serán descontados del fondo de garantía establecido en la cláusula 3.3.2. y, como máximo, hasta el monto total de este fondo de garantía.

En caso de que la entrega conforme de la obra se realice antes de la fecha en que debió hacerse según el plazo establecido, más las ampliaciones a que hubiera habido lugar, LA CONTRATISTA tendrá derecho a un estímulo por eficiencia, similar a la suma establecida en la cláusula anterior por cada día de adelanto y hasta el mismo límite máximo indicado en dicha cláusula.

La entrega de la obra se realizará en una reunión especial con un  representante de EL COMITENTE y uno de LA CONTRATISTA.

EL CONTRATISTA comunicará notarialmente, con una semana de anticipación, el día y la hora en que deberá realizarse esta reunión.

En dicha reunión se levantará un acta, en la que constará la entrega de la obra a EL COMITENTE y las observaciones que EL COMITENTE pudiera tener a la obra. LA CONTRATISTA deberá encargarse de que se inicie inmediatamente la corrección o subsanación de las observaciones, bajo su responsabilidad técnica y administrativa, pero sin cobrar por tales conceptos.

Las partes convienen expresamente que sin perjuicio de la Declaración de Fábrica que se otorgue, la responsabilidad de EL CONTRATISTA continuará vigente por espacio de .... (....) años, contados a partir de la fecha de recepción de la obra, en armonía a lo dispuesto por el Código Civil.

DE LA SUPERVISIÓN DE LAS OBRAS :

SEXTA.-  EL COMITENTE supervisará la obra a través de su representante, el que se denominará el inspector.

LA CONTRATISTA se compromete a dar todas las facilidades del caso al inspector, así como acatar sus indicaciones, siempre que no interfieran con los procedimientos de construcción que hay establecidos, ni con la buena ejecución de la obra.

Sin perjuicio de la responsabilidad del constructor, el inspector será el encargado de velar por la buena ejecución de la obra, tanto desde el punto de vista administrativo como desde el punto de vista técnico.

En caso de que el inspector comprobara defectos u omisiones en parte de los trabajos, éstos deberán ser inmediatamente subsanados o corregidos, bajo la responsabilidad técnica y administrativa de LA CONTRATISTA, pero sin tener derechos a honorarios por tales conceptos.

LA CONTRATISTA está obligada a proporcionar al inspector toda la información técnica o contable que solicite con referencia a la obra y, en especial, sobra la colocación de pedidos importantes de materiales o subcontratos, en caso de que lo desee el inspector, los precios y condiciones de algunas adquisiciones o subcontratos importantes.

Cualquier consulta técnica será efectuada por LA CONTRATISTA al inspector, el que deberá absolverla en el plano máximo de ... (.....) .......

La documentación técnica que se indica en la cláusula primera y, en general, toda la documentación técnica relativa a esta obra, será de propiedad exclusiva de EL COMITENTE, no pudiendo utilizarla LA CONTRATISTA para ningún otro propósito.

Al terminar la obra, LA CONTRATISTA entregará a EL COMITENTE el borrador de la minuta de Declaración de Fábrica, con el correspondiente pase previo del Instituto Peruano de Seguridad Social, los libros de planilla y demás documentos necesarios para que EL COMITENTE, por su cuenta, efectúe los trámites restantes, necesarios para la elevación a escritura e inscripción en los Registros Públicos.

SEGUROS :

SÉTIMA.- LA CONTRATISTA será la responsable de mantener durante el plazo del contrato las siguientes coberturas de seguro:

Asegurará al personal obrero que trabaja en la obra en el Instituto Peruano de Seguridad Social, de acuerdo al D.L. 18846.

Mantendrá una póliza de Seguro de Responsabilidad Civil Patronal que cubra reclamos por accidentes de los obreros, adicionales a lo que cubre el Instituto Peruano de Seguridad Social, hasta la suma de US $ ..............................

Contratará a nombre de EL COMITENTE una póliza tipo CAR (Todo Riesgo Contratista), que cubra el valor total de la obra más los materiales y equipos incluidos en ella, incluyendo coberturas de incendio con líneas aliadas, huelgas, conmoción civil, daños maliciosos, vandalismo y terrorismo.

DOMICILIO :

OCTAVA.- Las partes contratantes renuncian al fuero de sus domicilios y se someten expresamente a la jurisdicción de los jueces de la ciudad de ...... Para esta finalidad, las partes señalan como sus domicilios los indicados en la introducción del presente contrato, donde deberán efectuarse todas las notificaciones, citaciones y avisos judiciales. Estos domicilios sólo podrán variarse mediante aviso por carta notarial a la otra parte contratante.

COMPETENCIA TERRITORIAL :

NOVENA.- Para efectos de cualquier controversia que se genere con motivo de la celebración y ejecución del presente contrato, las partes se someten a la competencia territorial de los jueces y tribunales de ..................

DE LA ELEVACIÓN DEL CONTRATO A ESCRITURA PÚBLICA :

DÉCIMA: Este contrato podrá ser elevado a Escritura Pública a solicitud de cualquiera de las dos partes contratantes, siendo los gastos por cuenta de quien la solicite.

Para que así conste, se firma en Lima, en duplicado, a los ........días del mes de .............de ........

                        EL COMITENTE                              LA CONTRATISTA


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