Señores:
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SUNAT:
Asunto : Solicito
Prescripción de Deuda Tributaria
De nuestra mayor
consideración:
__________________. con RUC Nº _______________ y domicilio fiscal en ____________, debidamente representado por _______________; con el debido respeto nos presentamos y
atentamente decimos:
De conformidad con el
Artículo 48 del TUO del Código Tributario, aprobado pro Decreto Supremo Nº
135-99-EF y el Procedimiento Nº 55 del TUPA de la SUNAT , SOLICITAMOS QUE SE
DECLARE LA
PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PARA EXIGIR EL PAGO DE LA DEUDA TRIBUTARIA
contenida en los siguientes valores:
__________________
__________________
En efectos, las deudas
tributarias corresponden a ___________ de
periodos del ejercicio ________.
Ahora bien, el primer
párrafo del artículo 43 del Código Tributario establece que: “La acción de la Administración
Tributaria para determinar la obligación tributaria, así como
la acción para exigir su pago y aplicar sanciones prescribe a los cuatro (4)
años, y a los seis (6) años para quienes no hayan presentado la declaración
respectiva”. En ese contexto,
nosotros hemos presentado la declaración tributaria respectiva, razón por la
cual el plazo de prescripción de la acción de la SUNAT para efectuar el cobro
es de cuatro (04) años contados desde el 1º de Enero siguiente a la fecha en
que la obligación sea exigible, respecto de tributos y multas que deban ser
determinadas por el deudor tributario.
Adicionalmente, debemos mencionar que tampoco se ha
verificado ninguno de los supuestos de suspensión de la prescripción, los
mismos que están contenidos en el artículo 46 del Código Tributario, situación
que confirmaría el cumplimiento del plazo de prescripción exigido por la Ley.
Por lo tanto, al amparo de las normas anteriormente citadas,
así como del articulo 48 del Código Tributario, que establece que “la
prescripción puede oponerse en cualquier estado del procedimiento
administrativo o judicial”, y del Procedimiento Nº 55 del TUPA de la SUNAT , SOLICITAMOS que la SUNAT DECLARE LA PRESCRIPCION DE
LAS DEUDAS TRIBUTARIAS identificadas en la parte introductoria del presente
escrito.
OTROSÍ DECIMOS: Que adjuntamos lo siguiente:
1.
Copia simple de los valores notificados por la SUNAT.
2.
Copia simple del estado de adeudos emitidos por la SUNAT.
3.
Copia simple de la ficha del valor emitida por
SUNAT.