COMODATO PARA FIN DETERMINADO
Conste por el presente documento el contrato de comodato que celebran de una parte don AAA, identificado con D.N.I. Nº ........, de estado civil soltero y con domicilio en ...................., a quien en lo sucesivo se denominará EL COMODANTE; y de otra parte don BBB, identificado con D.N.I. Nº ........, de estado civil soltero y con domicilio en ......................., a quien en lo sucesivo se denominará EL COMODATARIO; en los términos contenidos en las cláusulas siguientes:
ANTECEDENTES:
PRIMERA.- EL COMODANTE es propietario de una embarcación pesquera usada, marca ....., modelo ....., año de fabricación ....., Nº de motor ....., Nº de serie ....., Nº de matrícula ....., la misma que se encuentra inscrita en la ficha Nº ... del Registro de Embarcaciones Pesqueras del Registro General de Pesquería.
SEGUNDA.- EL COMODANTE deja constancia de que la nave a que se refiere la cláusula anterior se encuentra en buen estado de funcionamiento mecánico y conservación, así como sus accesorios, sin mayor desgaste que el producido por el uso normal y ordinario.
OBJETO DEL CONTRATO:
TERCERA.- Por el presente contrato, EL COMODANTE se obliga a ceder el uso del bien descrito en la cláusula primera en favor de EL COMODATARIO, a título de comodato o préstamo de uso. Por su parte, EL COMODATARIO se obliga a usar el bien para los fines pactados en este contrato y devolverlo a EL COMODANTE en la oportunidad estipulada en la cláusula siguiente.
FINALIDAD DEL CONTRATO:
CUARTA.- Las partes convienen en que la finalidad del presente contrato es el empleo del bien prestado para que EL COMODATARIO realice labores de pesca artesanal, hasta alcanzar la cantidad de ..... toneladas de la especie ........
Una vez cumplida la referida finalidad, EL COMODATARIO está obligado a devolver el bien prestado y sus accesorios. Sin perjuicio de lo expresado en esta cláusula, EL COMODANTE podrá solicitar la devolución de la nave en cualquier momento, si lo necesita con urgencia imprevista.
OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
QUINTA.- EL COMODANTE se obliga a entregar el bien objeto de la prestación a su cargo en la fecha de suscripción de este documento, sin más constancia que las firmas de las partes puestas en él. En esta oportunidad se entregan los documentos de circulación de la nave.
SEXTA.- EL COMODATARIO se obliga a destinar el bien única y exclusivamente para el uso pactado en la cláusula cuarta, sin poder emplearlo para transporte de carga u otros similares.
SÉTIMA.- Las partes acuerdan que EL COMODATARIO no podrá conducir ni trasladar la nave fuera de los límites a los que se refiere su autorización de pesca.
OCTAVA.- De otro lado, EL COMODATARIO se obliga a efectuar por cuenta y costo propio las reparaciones y mantenimientos que sean necesarios para conservar la nave en el mismo estado en que fue recibida, en cuyo caso deberá utilizar repuestos originales y servicio de primera categoría.
NOVENA.- Asimismo, EL COMODATARIO está obligado a custodiar y conservar el bien con la mayor diligencia y cuidado posible, comprometiéndose a responder por su pérdida, deterioro o destrucción, reembolsando a EL COMODANTE el valor de aquél. El bien queda tasado en US$ ............., de acuerdo con el artículo 1743 del Código Civil.
DÉCIMA.- EL COMODATARIO queda prohibido de introducir mejoras, cambios o alteraciones internas y externas en el bien prestado y sus accesorios, sin el consentimiento expreso y por escrito de EL COMODANTE. Todas las mejoras que se introduzcan corresponderán gratuitamente a EL COMODANTE.
DÉCIMO PRIMERA.- Queda entendido que mientras la nave se encuentre en posesión de EL COMODATARIO, éste responderá en forma exclusiva y excluyente por los daños causados a terceras personas viajen o no en el interior de la misma; por los daños causados a la propiedad privada o pública; así como por las trasgresiones a los reglamentos de circulación marítima y de pesca vigentes en el país.
DÉCIMO SEGUNDA.- EL COMODATARIO no podrá ceder a terceros el presente contrato bajo ningún título, ni ceder su posición contractual, salvo que cuente con el asentimiento expreso y por escrito de EL COMODANTE, en cuyo caso se suscribirán los documentos que fueren necesarios.
DÉCIMO TERCERA.- EL COMODATARIO se obliga a devolver el bien materia del contrato una vez cumplida la finalidad para la que se prestó. Efectuada la devolución EL COMODANTE no responderá por el deterioro, destrucción, pérdida o sustracción de los bienes y valores de cualquier especie, de propiedad de EL COMODATARIO o de terceros, dejados al interior de la nave.
DÉCIMO CUARTA.- EL COMODATARIO deja constancia que se obliga, bajo responsabilidad, a contratar un seguro a todo riesgo, que cubra la posible pérdida del bien cedido en uso, así como daños que se causen a terceros, a la propiedad pública y privada, que se produzcan por el uso del bien dejado en comodato, mientras esté en posesión de EL COMODATARIO.
GASTOS Y TRIBUTOS DEL CONTRATO:
DÉCIMO QUINTA.- Las partes acuerdan que todos los gastos y tributos que origine la celebración y ejecución de este contrato, serán asumidos por EL COMODATARIO.
COMPETENCIA TERRITORIAL:
DÉCIMO SEXTA.- Para efectos de cualquier controversia que se genere con motivo de la celebración y ejecución de este contrato, las partes se someten a la competencia territorial de los jueces y tribunales de ......
DOMICILIO:
DÉCIMO SÉTIMA.- Para la validez de todas las comunicaciones y notificaciones a las partes, con motivo de la ejecución de este contrato, ambas señalan como sus respectivos domicilios los indicados en la introducción de este documento. El cambio de domicilio de cualquiera de las partes surtirá efecto desde la fecha de comunicación de dicho cambio a la otra parte, por cualquier medio escrito.
APLICACIÓN SUPLETORIA DE LA LEY:
DÉCIMO OCTAVA.- En lo no previsto por las partes en el presente contrato, ambas se someten a lo establecido por las normas del Código Civil y demás del sistema jurídico que resulten aplicables.
En señal de conformidad las partes suscriben este documento en la ciudad de ....., a los ... días del mes de ..... de ...........
EL COMODANTE EL COMODATARIO
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