Contratos forzosos

El contrato forzoso supone la constitución forzada, no voluntaria, de relaciones jurídicas, con independencia de quien sea el que determine el contenido de la relación. En sentido estricto, el contrato forzoso es aquel que un poder heterónomo obliga a celebrar.

Se excluye del concepto de contrato forzoso los casos en que la persona se halla forzada a contratar porque ella misma se obligo, como en el caso del compromiso de contratar.

Los contratos forzosos pueden ser:
  • Contratos forzoso ortodoxos.- Se forma en dos etapas:
    • Mandato de la autoridad que exige contratar.
    • Quien recibe el mandato celebra el contrato eligiendo la contraparte y con ella establecen el contenido del contrato.
  • Contrato forzoso heterodoxo.- Se caracteriza por la perdida completa de la libertad contractual.
Los contratos forzosos se justifican, cuando si bien todo intercambio debe ser voluntario, existen supuestos donde se justifica la intervención estatal para crear una relación de intercambio, como las fallas de mercado, en donde en situaciones específicas el funcionamiento del mercado es incapaz para lograr la satisfacción de los consumidores y la utilización eficiente de recursos en la producción.


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