Locación de servicios materiales

LOCACIÓN DE SERVICIOS MATERIALES

Conste por el presente documento el contrato de locación de servicios que celebran de una parte la empresa AAA, identificada con R.U.C. Nº ........, inscrita en la partida electrónica Nº ... del Registro de Personas Jurídicas de ....., con domicilio en ...................., debidamente representada por don ........................., con poderes inscritos en el asiento ..... de la referida partida electrónica, a quien en lo sucesivo se denominará LA COMITENTE; y de otra parte don BBB, identificado con D.N.I. Nº ........, de estado civil soltero y con domicilio en ................................, a quien en lo sucesivo se denominará EL LOCADOR; en los términos contenidos en las cláusulas siguientes:

ANTECEDENTES:

PRIMERA.- LA COMITENTE es una persona jurídica de derecho privado constituida bajo el régimen de la sociedad comercial de responsabilidad limitada, cuyo objeto social principal es dedicarse a comercialización de ......

SEGUNDA.- EL LOCADOR es una persona natural cuya ocupación principal es dedicarse a prestar servicios de limpieza y mantenimiento de inmuebles, que incluyen los servicios de albañilería, gasfitería, pintura y reparaciones en general.

OBJETO DEL CONTRATO:

TERCERA.- Por el presente contrato, EL LOCADOR se obliga a prestar sus servicios de limpieza y mantenimiento del inmueble donde funciona la oficina de LA COMITENTE, a título de locación de servicios y en los términos pactados en este contrato. Por su parte, LA COMITENTE se obliga a pagar a EL LOCADOR el monto de la retribución pactada en la cláusula octava, en la forma y oportunidad convenidas.

CARACTERES Y FORMA DE PRESTAR EL SERVICIO:

CUARTA.- El servicio de limpieza materia de este contrato será prestado por EL LOCADOR en forma interdiaria, los días lunes, miércoles y viernes de cada semana y en horario matutino, de 6:00 a 8:30 a.m. Eventualmente, EL LOCADOR podrá extender la realización de sus servicios por un tiempo adicional, procurando no interferir con las labores normales del personal de la empresa.

QUINTA.- Se deja establecido que el servicio de limpieza abarca todos los ambientes del inmueble de la empresa, sean oficinas, pasadizos, baños, almacenes, garage u otros; y también el mobiliario de la empresa, salvo las computadoras y otros equipos que requieran una limpieza especial. Asimismo, este servicio abarca la limpieza de la parte externa del inmueble en la zona constituida por el retiro del mismo.

SEXTA.- En cuanto al servicio de mantenimiento del inmueble, éste se realizará previa programación con el gerente administrativo, quien indicará a EL LOCADOR en forma semanal, los puntos que constituyen el objeto del mantenimiento y sus prioridades.

SÉTIMA.- El servicio objeto de la prestación a cargo de EL LOCADOR tiene carácter personal, por lo que éste no podrá valerse de auxiliares o sustitutos ni de ningún tipo de colaboración, salvo que por razones especiales lo autorice expresamente y por escrito LA COMITENTE.

RETRIBUCIÓN: FORMA Y OPORTUNIDAD DE PAGO:

OCTAVA.- Las partes acuerdan que el monto de la retribución que pagará LA COMITENTE en calidad de contraprestación por los servicios prestados por EL LOCADOR, asciende a la suma de S/. ..... (..... y 00/100 nuevos soles) semanales durante todo el plazo del contrato; cantidad que será cancelada con dinero en efectivo al finalizar la semana en que se prestó el servicio.

NOVENA.- La retribución a que se refiere la cláusula anterior, se paga únicamente por los servicios que constituyen el objeto de la prestación a cargo de EL LOCADOR, es decir los servicios de limpieza y mantenimiento del inmueble, incluyéndose dentro de este último pequeños servicios de albañilería, gasfitería, pintura y reparaciones de menor escala, todos ellos orientados a mantener el inmueble en buen estado de conservación. En consecuencia, si LA COMITENTE requiriera servicios adicionales de mayor escala y que EL LOCADOR estuviera en condiciones de brindarle, ambas partes pactarán una retribución especial por estos.

NATURALEZA DEL CONTRATO:

DÉCIMA.- El presente contrato es de naturaleza civil, por lo tanto queda establecido que EL LOCADOR no está sujeto a relación de dependencia frente a LA COMITENTE, y en tal sentido aquél tendrá libertad para elegir la forma cómo realizar sus servicios, siempre y cuando no se aparte de las indicaciones generales que le imparta LA COMITENTE, y siempre que cumpla de manera cabal con el objeto de su prestación.          

PLAZO DEL CONTRATO:

DÉCIMO PRIMERA.- Las partes convienen fijar un plazo de duración determinada para el presente contrato, el cual será de ... (...) que se computarán a partir de la fecha de suscripción de este documento y se extenderá hasta el día .....

OBLIGACIONES DE LAS PARTES:

DÉCIMO SEGUNDA.- LA COMITENTE está obligada a pagar la retribución objeto de la prestación a su cargo, en la forma y oportunidad pactadas en la cláusula octava de este contrato.

DÉCIMO TERCERA.- LA COMITENTE se obliga a proveer oportunamente a EL LOCADOR de todos los materiales que requiera éste para realizar los servicios de limpieza y mantenimiento objeto de la prestación a su cargo.

DÉCIMO CUARTA.- Para efectos del desarrollo normal de los servicios que presta EL LOCADOR, LA COMITENTE deberá facilitar el acceso y circulación a los ambientes del inmueble y otorgar las más favorables condiciones para la ejecución de dichos servicios.

DÉCIMO QUINTA.- EL LOCADOR, por su parte, se obliga a ejecutar la prestación a su cargo en la forma más diligente posible, procurando la mayor eficiencia de sus servicios y cuidando los bienes de la empresa así como los materiales que ésta le entregue.

DÉCIMO SEXTA.- Al término de cada semana EL LOCADOR deberá presentar un informe detallado del servicio de mantenimiento que hubiere efectuado, indicando el destino que le ha dado a los materiales entregados por LA COMITENTE.

DÉCIMO SÉTIMA.- EL LOCADOR está obligado a emitir a nombre de LA COMITENTE el respectivo recibo o el comprobante de pago que por Ley corresponda.

DÉCIMO OCTAVA.- LA COMITENTE podrá inspeccionar y evaluar la ejecución de los servicios prestados por EL LOCADOR, en cualquier momento, reservándose el derecho de suspender el pago de la retribución en caso que aquellos no se estuvieren cumpliendo de manera eficiente.

GASTOS Y TRIBUTOS:

DÉCIMO NOVENA.- Las partes acuerdan que todos los gastos y tributos que se generen como consecuencia de la celebración y ejecución de este contrato, serán de cargo de LA COMITENTE, salvo que por Ley correspondan a EL LOCADOR.

COMPETENCIA TERRITORIAL:

VIGÉSIMA.- Para efectos de cualquier controversia que se genere con motivo de la celebración y ejecución de este contrato, las partes se someten a la competencia territorial de los jueces y tribunales de ......

DOMICILIO:

VIGÉSIMO PRIMERA.- Para la validez de todas las comunicaciones y notificaciones a las partes, con motivo de la ejecución de este contrato, ambas señalan como sus respectivos domicilios los indicados en la introducción de este documento. El cambio de domicilio de cualquiera de las partes surtirá efecto desde la fecha de comunicación de dicho cambio a la otra parte, por cualquier medio escrito.

APLICACIÓN SUPLETORIA DE LA LEY:

VIGÉSIMO SEGUNDA.- En lo no previsto por las partes en el presente contrato, ambas se someten a lo establecido por las normas del Código Civil y demás del sistema jurídico que resulten aplicables.

En señal de conformidad las partes suscriben este documento en la ciudad de ....., a los ... días del mes de ..... de .............


                        LA COMITENTE                              EL LOCADOR



0 comentarios:

Publicar un comentario