Contrato con reserva de estipulación

CONTRATO CON RESERVA DE ESTIPULACIÓN

Conste por el presente documento el contrato de compraventa con reserva de estipulación que celebran de una parte don AAA, identificado con D.N.I. Nº ........, de estado civil soltero y con domicilio en ...................., a quien en lo sucesivo se denominará EL VENDEDOR; y de otra parte don BBB, identificado con D.N.I. Nº ........, de estado civil soltero y con domicilio en ......................., a quien en lo sucesivo se denominará EL COMPRADOR; en los términos contenidos en las cláusulas siguientes:

ANTECEDENTES:

PRIMERA.- EL VENDEDOR es propietario de la computadora marca ....., modelo ....., versión ..... y Nº de serie ....., que tiene las siguientes características técnicas:

........................................

........................................

........................................

SEGUNDA.- EL VENDEDOR deja constancia que el bien a que se refiere la cláusula anterior se encuentra en perfecto estado de conservación y funcionamiento, sin mayor desgaste que el producido por el uso normal y ordinario.

OBJETO DEL CONTRATO:

TERCERA.- Por el presente contrato, EL VENDEDOR se obliga a transferir la propiedad del bien descrito en la cláusula primera en favor de EL COMPRADOR. Por su parte, EL COMPRADOR se obliga a pagar a EL VENDEDOR el monto total del precio pactado en la cláusula siguiente, en la forma y oportunidad que se convenga una vez satisfecha la reserva de estipulación contenida en la cláusula quinta de este contrato.

PRECIO Y LUGAR DE PAGO:

CUARTA.- El precio del bien materia del presente contrato asciende a la suma de S/. ..... (..... y 00/100 nuevos soles), que EL COMPRADOR cancelará con dinero en efectivo, en el domicilio de EL VENDEDOR, en la forma y oportunidad que se convenga una vez satisfecha la reserva de estipulación contenida en la cláusula siguiente.

RESERVA DE ESTIPULACIÓN:

QUINTA.- Las partes convienen reservar para un momento posterior el pacto referente a la forma y oportunidad de pago del precio pactado en la cláusula anterior. Dicha reserva deberá ser satisfecha de común acuerdo por las partes en un plazo no mayor de .... días de celebrado el presente contrato.

SEXTA.- Se deja constancia que una vez satisfecha la reserva de estipulación a que se refiere la cláusula anterior, la misma operará retroactivamente, debiendo las partes suscribir la escritura pública de compraventa, en la cual se señalará detalladamente la forma y oportunidad de pago del precio de venta.

SÉTIMA.- En caso que las partes no satisfagan la reserva de estipulación pactada en la cláusula quinta, dentro del plazo allí señalado, y no hubiera prórroga de dicho plazo, el presente contrato quedará resuelto de pleno derecho.

Igual suerte correrá el contrato en caso que una vez satisfecha la reserva una de las partes o ambas, no suscriben la escritura pública, a que alude la cláusula sexta del presente contrato.

OBLIGACIONES DE LAS PARTES:

OCTAVA.- EL VENDEDOR se obliga a entregar el bien objeto de la prestación a su cargo dentro de los ..... días siguientes a la fecha de suscripción de la minuta de la escritura pública por la que queda satisfecha la reserva de estipulación antes mencionada.

NOVENA.- EL VENDEDOR se obliga a entregar todos los documentos relativos a la propiedad y uso del bien objeto de la prestación a su cargo.

DÉCIMA.- EL VENDEDOR se obliga a realizar todos los actos y a suscribir todos los documentos que sean necesarios, a fin de formalizar la transferencia de la propiedad del bien objeto de la prestación a su cargo, en favor de EL COMPRADOR.

DÉCIMO PRIMERA.- EL COMPRADOR se obliga a pagar el precio convenido en la forma y oportunidad pactados una vez satisfecha la reserva de estipulación a que se refiere la cláusula quinta de este documento.

DÉCIMO SEGUNDA.- EL COMPRADOR deberá recibir el bien objeto de la prestación a cargo de EL VENDEDOR, en la forma y oportunidad pactadas, declarando conocer el estado de conservación y funcionamiento en que se encuentra.

OBLIGACIONES DE SANEAMIENTO:

DÉCIMO TERCERA.- EL VENDEDOR declara que el bien objeto de la prestación a su cargo se encuentra, al momento de celebrarse este contrato, libre de toda carga, gravamen, derecho real de garantía, medida judicial o extrajudicial y en general de todo acto o circunstancia que impida, prive o limite la libre disponibilidad, y/o el derecho de propiedad, posesión o uso del bien. No obstante, EL VENDEDOR se obliga al saneamiento por evicción, que comprenderá todos los conceptos previstos en el art. 1495 del Código Civil.

DÉCIMO CUARTA.- No obstante la declaración de EL VENDEDOR, en la cláusula segunda de este documento, con relación al perfecto estado de conservación y funcionamiento del bien objeto de la prestación a su cargo, aquél se obliga al saneamiento por vicios ocultos y por hecho propio existentes al momento de la transferencia.

GASTOS Y TRIBUTOS DEL CONTRATO:

DÉCIMO QUINTA.- Las partes acuerdan que todos los gastos y tributos que origine la celebración, formalización y ejecución del presente contrato serán asumidos por EL COMPRADOR.

COMPETENCIA TERRITORIAL:

DÉCIMO SEXTA.- Para efectos de cualquier controversia que se genere con motivo de la celebración y ejecución de este contrato, las partes se someten a la competencia territorial de los jueces y tribunales de ......

DOMICILIO:

DÉCIMO SÉTIMA.- Para la validez de todas las comunicaciones y notificaciones a las partes, con motivo de la ejecución de este contrato, ambas señalan como sus respectivos domicilios los indicados en la introducción de este documento. El cambio de domicilio de cualquiera de las partes surtirá efecto desde la fecha de comunicación de dicho cambio a la otra parte, por vía notarial.

APLICACIÓN SUPLETORIA DE LA LEY:

DÉCIMO OCTAVA.- En todo lo no previsto por las partes en el presente contrato, ambas se someten a lo establecido por las normas del Código Civil y demás del sistema jurídico que resulten aplicables.

En señal de conformidad las partes suscriben este documento en la ciudad de ....., a los ... días del mes de ..... de .....




                        EL VENDEDOR                                           EL COMPRADOR


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