Contrato consigo mismo por doble representación

CONTRATO CONSIGO MISMO (POR DOBLE REPRESENTACIÓN)

Conste por el presente documento el contrato de coexistencia de signos distintivos que celebran, de una parte la empresa AAA E.I.R.Ltda., con R.U.C. .........., inscrita en la partida electrónica...... del Registro de Personas Jurídicas de ....., con domicilio en ......................, representada por su apoderado don Juan Pérez López, con D.N.I. ......., según poder inscrito en el asiento ..... de la referida partida electrónica; y de la otra parte la empresa BBB S.A., con R.U.C. .........., inscrita en la partida electrónica ........ del Registro de Personas Jurídicas de ....., con domicilio en ............................., Lima, representada por su apoderado don Juan Pérez López, con D.N.I. ........., según poder inscrito en el asiento ...... de la referida partida electrónica; bajo los términos contenidos en las cláusulas siguientes:

LAS PARTES CONTRATANTES:

PRIMERA.- AAA E.I.R.Ltda. es una persona jurídica de derecho privado, constituida bajo el régimen de la empresa individual de responsabilidad limitada, cuyo fin principal es la edición y comercialización de textos e insumos editoriales.

SEGUNDA.- BBB S.A. es una persona jurídica de derecho privado, constituida bajo el régimen de la sociedad anónima, cuyo objeto social principal es la edición, publicación, comercialización, distribución, etc. de libros y textos de todas las áreas del conocimiento humano.

TERCERA.- Ambas partes dejan constancia de que don Juan Pérez López, en lo sucesivo el apoderado, interviene en el presente acto jurídico representando simultáneamente a las dos empresas contratantes, investido de las facultades que le han sido otorgadas por ambas de conformidad con los poderes referidos en la parte introductoria de este documento. En consecuencia, este acto jurídico se celebra al amparo del art. 166 del Código Civil, concretamente dentro del tercer supuesto de excepción que dicho artículo contempla.

ANTECEDENTES:

CUARTA.- A fin de salvaguardar los derechos de propiedad industrial de la empresa AAA E.I.R.Ltda., se solicitó el registro de la marca de servicio ........... para distinguir la edición de textos y revistas (Clase 41) la que luego del trámite de ley fue inscrita con fecha ...... en el Tomo ... Folio .... del Registro, así como el registro de la marca de producto ........... para distinguir productos de imprenta, etc. (Clase 16) la que igualmente fue inscrita con fecha ...... en Tomo .... Folio .... del Registro.

QUINTA.- Actualmente la empresa BBB S.A., con el mismo fin de proteger sus derechos de propiedad industrial, viene tramitando en el INDECOPI la solicitud para el registro del nombre comercial .......... (Exp. .....), habiendo presentado la respectiva prueba de uso de aquél.

SEXTA.- Mediante Resolución Nº ....... de fecha .......... la Oficina de Signos Distintivos del INDECOPI, ha solicitado a la empresa BBB S.A. que informe acerca de su eventual vinculación con la empresa AAA E.I.R.Ltda., pues de los antecedentes archivados se advierte dicha vinculación, máxime si la marca cuyo registro ha solicitado la primera es gráfica y fonéticamente similar a las marcas registradas por la segunda.

Asimismo, ordena el INDECOPI que en caso existiera la referida vinculación, la empresa BBB S.A. debe presentar un convenio de coexistencia de signos distintivos con la empresa AAA E.I.R.Ltda., para efectos de la procedencia de la inscripción solicitada.

SÉTIMA.- Con relación a lo detallado en la cláusula anterior, ambas partes declaran que, en efecto, entre ellas existe una estrecha vinculación por ser empresas constituidas por el mismo grupo de personas para dedicarse a actividades comerciales semejantes y complementarias, lo cual ha sido comunicado al INDECOPI; y, asimismo, con la finalidad de cumplir con lo ordenado por este organismo, las partes celebran el presente contrato.

OBJETO DEL CONTRATO:

OCTAVA.- En virtud de este acto, y considerando que la empresa AAA E.I.R.Ltda. no ha presentado oposición alguna al registro del nombre comercial solicitado por la empresa BBB S.A., ambas partes, representadas simultáneamente por el apoderado, celebran el presente contrato de coexistencia de signos distintivos con el contenido y efectos que se describen en este documento, al amparo del art. 158 del D. Leg. 823 (Ley de Propiedad Industrial), y del art. 166 del Código Civil.

NOVENA.- Las partes acuerdan que la empresa AAA E.I.R.Ltda. no se opondrá al registro del nombre comercial .......... solicitado por la empresa BBB S.A. en el Exp. ..... (INDECOPI) y tampoco impugnará o solicitará la nulidad de la inscripción registral correspondiente una vez efectuada ésta.

A su turno, la empresa BBB S.A. se compromete a no cuestionar, impugnar o solicitar la nulidad del registro efectuado a favor de la empresa AAA E.I.R.Ltda. respecto de las marcas de servicio (Clase 41) y producto (Clase 16) constituidas por la denominación ........., que corren inscritas en el Tomo ... Folio ... y en Tomo ... Folio ... del Registro, respectivamente.

Como consecuencia de lo expresado en los párrafos precedentes, ambas partes acuerdan y se comprometen a preservar la coexistencia de los signos distintivos descritos anteriormente.

OBLIGACIONES DE LAS PARTES:

DÉCIMA.- La obligación principal de las partes consiste en prestaciones de no hacer a cargo de ambas, de acuerdo con lo convenido en las cláusulas precedentes de este documento; es decir en cuanto a la no impugnación del registro de los signos distintivos descritos. E igualmente, la obligación principal de las partes comprende el preservar la coexistencia de los referidos signos distintivos.

DÉCIMO PRIMERA.- Asimismo, y pese al contrato de coexistencia de los signos distintivos mencionados, las partes convienen en no explotar indebidamente los mismos, ni ejercer competencia desleal una respecto de otra. Si éste fuere el caso y así se probara, el presente contrato quedará resuelto de pleno derecho.

DÉCIMO SEGUNDA.- De otro lado, las partes se comprometen a ejercer las acciones legales pertinentes en caso de que terceros violen el derecho de ambas sobre los signos distintivos a que se refiere este documento. En este caso, cualquiera de las partes podrá iniciar las acciones legales, pero estará obligada a comunicarlo a la otra, si ésta no tiene conocimiento de la violación, a fin de que adopte las medidas que estime convenientes.

PLAZO Y VIGENCIA:

DÉCIMO TERCERA.- Las partes convienen en que el presente contrato rige en forma retroactiva; en consecuencia, regula la coexistencia de los signos distintivos protegidos de ambas partes, desde que se produjo el uso simultáneo de los mismos. Por lo tanto, quedan convalidados todos los actos y usos que en relación a los referidos signos distintivos las partes hubieren celebrado o ejercido.

DÉCIMO CUARTA.- Asimismo, queda convenido que la vigencia del presente contrato se extenderá por el mismo plazo en que se encuentren vigentes simultáneamente las inscripciones de los signos distintivos registrados por ambas partes.

Sin embargo, este contrato de coexistencia se entenderá renovado en caso se renueven también los registros de los signos distintivos que aquí se mencionan, y mientras continúe la vigencia simultánea de los signos protegidos por ambas empresas.

GASTOS Y TRIBUTOS

DÉCIMO QUINTA.- Los gastos y tributos se sufragarán por ambas partes en cuotas iguales.

APLICACIÓN SUPLETORIA DE LA LEY

DÉCIMO SEXTA.- En lo no previsto por las partes en el presente contrato, ambas se someten a lo establecido por el D. Leg. N° 823 (Ley de Propiedad Industrial), Código Civil  y demás del sistema jurídico que resulten aplicables.

En señal de conformidad se suscribe este documento en la ciudad de Lima a los ... días del mes de .......... de ........






AAA E. I. R. Ltda.                             BBB S.A.


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