¿Cuándo debe el empleador otorgar descanso vacacional a la trabajadora gestante?

La trabajadora gestante tiene derecho a que el periodo de descanso vacacional por récord cumplido y aún pendiente de goce, se inicie a partir del día siguiente de vencido el descanso post natal. La trabajadora gestante deberá comunicar al empleador con una anticipación no menor de 15 días calendario al inicio del goce vacacional.


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