Compraventa de un bien en litigio

COMPRAVENTA DE BIEN EN LITIGIO

Señor notario:

Sírvase extender en su registro de escrituras públicas una donde conste el contrato de compraventa que celebran de una parte don AAA, identificado con D.N.I. N° .................., de estado civil soltero y con domicilio en................., a quien en lo sucesivo se denominará EL VENDEDOR; y de otra parte BBB, identificado con D.N.I. N° ....................................., de estado civil soltero y con domicilio en....................................................., a quien en lo sucesivo de les denominará EL COMPRADOR; en los términos contenidos en las cláusulas siguientes:

ANTECEDENTES:
PRIMERA.- EL VENDEDOR es propietario del inmueble ubicado en............... distrito........, provincia........... y departamento de.........., el mismo que se encuentra inscrito en la partida electrónica N° ........... del Registro de la Propiedad Inmueble de......., cuyos linderos y medidas perimétricas se hallan consignados en el referido documento registral. EL VENDEDOR adquirió la propiedad del inmueble de su anterior propietario Don......................, mediante escritura pública extendida  por ante el Notario Público  de ................, Don...............,  conforme obra en el asiento...... de la referida partida electrónica.

SEGUNDA.- EL VENDEDOR deja constancia que, a la fecha de celebración de este contrato, el inmueble descrito en la cláusula anterior se encuentra ocupado precariamente y en proceso judicial de desalojo seguido contra don................, ante el......... Juzgado Especializado en lo Civil de........, Exp. N° ............

OBJETO DEL CONTRATO:
TERCERA.- Por el presente contrato, EL VENDEDOR  se obliga a transferir la propiedad del bien descrito en la cláusula primera a favor de EL COMPRADOR. Por su parte, EL COMPRADOR se obliga a pagar a EL COMPRADOR  el monto total del precio pactado en la cláusula siguiente, en la forma y oportunidad y lugar convenidos.

PRECIO, FORMA Y LUGAR DE PAGO:
CUARTA.- El precio del bien objeto de la prestación a cargo de EL VENDEDOR asciende a la suma de S/. ..........(........... y 00/100 nuevos soles), que EL COMPRADOR cancelará en dinero íntegramente y por armadas, en la siguiente forma y oportunidades:

1.      S/. ..........en la fecha de suscripción de la escritura pública que origine esta minuta y sin más constancia que las firmas de las partes puestas en dicho documento.
2.      S/. ........... dentro de los tres días siguientes de producida la desocupación del inmueble por parte del ocupante precario, sea que dicha desocupación se produzca por voluntad propia o en ejecución del respectivo lanzamiento.
El pago del saldo se efectuará en el domicilio de EL VENDEDOR.

OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
QUINTA.- EL VENDEDOR se obliga a entregar el bien objeto de la prestación a su cargo dentro de los tres días siguientes de producida la desocupación por parte del ocupante precario, acto que se verificará con la entrega de las llaves del mencionado inmueble, procurándole a EL COMPRADOR tomar efectiva posesión de dicho bien.

SEXTA.- EL VENDEDOR se obliga a entregar todos los documentos relativos a la propiedad y uso del bien objeto de la prestación a su cargo, así como los recibos cancelados por los servicios de agua potable y energía eléctrica del último periodo, y el comprobante de pago cancelado del impuesto a la Propiedad Predial correspondiente al trimestre inmediato anterior a la fecha del presente contrato.

SÉTIMA.- EL VENDEDOR se obliga a realizar todos los actos y a suscribir todos los documentos que sean necesarios, a fin de formalizar la transferencia de la propiedad del bien objeto de a prestación a su cargo, a favor de EL COMPRADOR.

OCTAVA.- EL VENDEDOR se obliga a continuar activamente y en forma diligente el proceso judicial de desalojo a que se refiere la cláusula segunda, interponiendo los escritos y recursos que sean necesarios, hasta la desocupación definitiva del bien materia de este contrato. EL COMPRADOR, si lo tiene a bien, podrá colaborar en dicho proceso judicial.

NOVENA.- EL COMPRADOR se obliga a pagar el precio convenido en el momento, forma y lugar pactado en la cláusula cuarta de este documento.

DÉCIMA.- EL COMPRADOR deberá recibir el bien objeto de la prestación a cargo de EL VENDEDOR, en la forma y oportunidad pactadas, declarando desconocer el estado de conservación y habilidad en que se encuentra.

OBLIGACIONES DEL SANEAMIENTO:
UNDÉCIMA.- Salvo el proceso de desalojo a que se refiere la cláusula segunda, EL VENDEDOR declara que el bien objeto de la prestación a su cargo se encuentra, al momento de celebrarse este contrato, libre de toda carga, gravamen, derecho real de garantía, medida judicial o extrajudicial y en general de todo acto o circunstancia que impida, prive o limite la libre disponibilidad, y/o el derecho de propiedad, posesión o uso del bien. No obstante, EL VENDEDOR se obliga al saneamiento por evicción, que comprenderá todos los conceptos previstos en el artículo 1495 del Código Civil.

DUODÉCIMA.- EL VENDEDOR se obliga al saneamiento por ocultos y por hecho propio existentes al momento de la transferencia.

GASTOS Y TIBUTOS:
DÉCIMO TERCERA.- Las partes acuerdan que todos los gastos y tributos que originen la celebración, formalización y ejecución del presente contrato serán asumidos por EL COMPRADOR.

DÉCIMO CUARTA.- EL VENDEDOR declara  que al momento de celebrarse este contrato, no tiene ninguna obligación tributaria pendiente de pago respecto del bien objeto de la prestación a su cargo.

DÉCIMO QUINTA.- En las relaciones personales entre las partes, EL VENDEDOR asumirá o reembolsará a EL COMPRADOR, si es el caso, los tributos que correspondan al bien materia de la venta hasta antes de la transferencia; mientras que EL COMPRADOR, por su parte, asumirá los tributos que se generen con motivo de dicha transferencia y con posterioridad a ella.

COMPETENCIA TERRITORIAL:
DÉCIMO SEXTA.- Para efectos de cualquier controversia que se genere con motivo de la celebración y ejecución de este contrato, las partes se someten a la competencia territorial de los jueces tribunales de...........

DOMICILIO:
DÉCIMO SÉTIMA.- Para la validez de todas las comunicaciones y notificaciones a las partes, con motivo de la ejecución de este contrato, ambas señalan como sus respectivos domicilios los indicados en la introducción de este documento. El cambio de domicilio de cualquiera de las partes surtirá efecto desde la fecha de comunicación de dicho cambio a la otra parte, por vía notarial.

APLICACIÓN SUPLETORIA DE LA LEY:
DÉCIMO OCTAVA.- En todo lo no previsto por las partes en el presente contrato, ambas se someten a lo establecido por las normas del Código Civil y demás del sistema jurídico que resulten aplicables.

Sírvase usted, señor notario público, insertar la introducción y conclusión de ley, y cursar partes al Registro de la Propiedad Inmueble para la correspondiente inscripción.

Firmado en la ciudad de ......, a los......... días del mes de....... de............



EL VENDEDOR                  EL COMPRADOR



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