Cuando son varios los autores que han contribuido a la creación de una obra - trabajando juntos o por separado-, hablamos de coautoría.
En el caso de las obras en colaboración, los derechos sobre la obra corresponden a todos los coautores. Por ejemplo, si 5 profesionales de distintas ramas de la ciencia han contribuido en la elaboración de una enciclopedia, todos son autores –coautores de dicha obra.
En el caso de las obras colectivas que son creadas por iniciativa y bajo la coordinación de una persona jurídica o física, se atribuye los derechos a quien tiene la iniciativa de crearla. En las obras audiovisuales y programas de ordenador se presume, salvo pacto en contrario, que los coautores han cedido en forma exclusiva los derechos patrimoniales al productor.
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