Principios Generales del Derecho del Comercio Electrónico

El comercio electrónico, también conocido como e-commerce, consiste en la compra y venta de productos o de servicios a través de medios electrónicos, tales como Internet y otras redes informáticas. En cuanto a nuevo ámbito  virtual y no material, de ejercicio de la actividad mercantil el comercio electrónico y su amplia difusión practica ha generado un nuevo lugar de encuentro de ofertas y aceptaciones de voluntades inexistente y desconocido.Es así que las reglas básicas que se contemplan para el comercio electrónico son universales, resultando aplicables a todo ordenamiento que pretende disciplinar esta rama del derecho.

Asimismo el soporte electrónico en el cual se basa el comercio electrónico  carece de materialidad y de materialidad igualmente carece el mercado en el que se produce su uso en exclusiva, lo que lo convierte en una actividad trasnfronteriza que desborda las fronteras nacionales, por lo que es necesario establecer principios universales en los que debe de inspirarse este derecho de comercio electrónico.

Los principios universales en los que debe de inspirarse el derecho del comercio electrónico son los siguientes:

  • Equivalencia funcional de los principios de los actos electrónicos respecto de los manuales.
  • Neutralidad tecnológica.
  • Inalteración del derecho preexistente de obligaciones y contratos.
  • Exigencia de la buena fe.
  • La libertad contractual.

Equivalencia funcional de los principios de los actos electrónicos respecto de los manuales
El significado de la regla de la equivalencia funcional puede formularse de la siguiente manera: la función jurídica que en toda su extensión cumple la instrumentación escrita o eventualmente su expresión oral respecto de cualquier acto jurídico la cumple igualmente su instrumentación electrónica a través de un mensaje de datos, con independencia del contenido, dimensión, alcance y finalidad del acto así instrumentado.

Neutralidad tecnológica
Se refiere a que sus reglas no solo abarcan todas las tecnologías existentes en el momento en que se formulan sino también a las tecnologías futuras sin necesidad de verse aquellas sometidas a modificación alguna.

Inalteración del derecho preexistente de obligaciones y contratos
Este principio establece que la introducción de las reglas del comercio electrónico no implican una modificación sustancial del derecho existente de obligaciones y contratos. Es así  que la electrónica es solo un nuevo soporte o medio de transmisión de voluntades negociales pero no un nuevo derecho regulador de las mismas.

Exigencia de la buena fe
La buena fe constituye uno de los fundamentos del régimen jurídico aplicable al intercambio internacional, siendo indiferente el soporte de formación, ejecución y consumación del contrato.

La libertad contractual
Debe ser entendido, que el soporte electrónico no excluye la libertad de pacto en una mayor o menor medida en que se excluye en la contratación verbal o manual, en aplicación del principio de la inalterabilidad del derecho preexistente de obligaciones y contratos.


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