Cláusula contractual de privacidad de la información

LA EMPRESA se compromete irrevocablemente a mantener en reserva la información a la que tenga acceso, en razón de la naturaleza del servicio que brinda, así como a no divulgar el contenido del contrato.

Las partes declaran que la información a que se refiere está comprendida dentro del secreto profesional, sujeta a la protección establecida por la ley de la materia, por lo que la infracción de este compromiso, acarreará las acciones civiles y penales a que hubiera lugar.


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